Santa Cruz

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad tras un fallo judicial

El Gobierno nacional oficializó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad (Ley 27.793) mediante el Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial, luego de que la Justicia Federal intimara al Poder Ejecutivo a implementar la norma dentro de un plazo determinado. La reglamentación establece el nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad y centraliza su fiscalización en el Ministerio de Salud.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei y responde a un fallo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que en diciembre de 2025 declaró inválida la suspensión de la ley y fijó como fecha límite el 4 de febrero de 2026 para su plena aplicación.

Antecedentes del conflicto

La controversia se inició cuando el Gobierno intentó impedir la aplicación de la ley, sancionada por el Congreso en septiembre de 2025, mediante un veto fundamentado en la falta de recursos para afrontar las nuevas prestaciones. Sin embargo, la Cámara de Diputados insistió en su promulgación, por lo que la norma quedó formalmente vigente, aunque con su implementación suspendida hasta que se definiera la fuente de financiamiento.

Ante esta situación, se presentó un amparo colectivo que derivó en la intervención judicial. El juez federal de Campana falló a favor de los reclamantes y anuló la suspensión, ordenando la aplicación inmediata de la Ley 27.793. Si bien el Ministerio de Salud y otras áreas oficiales apelaron la decisión, argumentando dificultades presupuestarias, el magistrado estableció un plazo máximo de 30 días para que el Ejecutivo reglamente la norma.

Contenido de la reglamentación

Finalmente, la reglamentación fue publicada dentro del plazo judicial establecido. El Decreto 84/2026 define los criterios del nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, incluyendo:

  • Los requisitos de acceso a las prestaciones
  • Los procedimientos de evaluación socioeconómica
  • Las incompatibilidades con otros beneficios o ingresos
  • El rol del Ministerio de Salud como autoridad de aplicación y fiscalización

Con esta decisión, el Gobierno nacional dio cumplimiento a la orden judicial, aunque el debate sobre el financiamiento y el impacto presupuestario de la ley continúa abierto.

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