Península de Magallanes: la Justicia ordenó frenar las inscripciones de dos terrenos vendidos

El Juzgado Federal de Río Gallegos dispuso que no se registren transferencias ni nuevos derechos sobre dos parcelas mientras la Corte Suprema define qué tribunal deberá intervenir en el amparo. La operación fue autorizada mediante una excepción del Gobierno de Santa Cruz y es cuestionada por legisladores provinciales.
La venta de terrenos en la Península de Magallanes sumó un nuevo capítulo judicial luego de que el Juzgado Federal de Río Gallegos ordenara preservar la situación registral de dos parcelas vinculadas a una operación entre Lacustre del Sud S.A. y ASB Hospitality Calafate S.A.U.
La resolución establece que el Registro de la Propiedad Inmueble de Santa Cruz deberá abstenerse de inscribir transferencias de dominio, cesiones o constituciones de derechos reales sobre los inmuebles mientras se define qué tribunal tendrá competencia para intervenir en el amparo presentado contra la operación.
La medida tiene carácter preventivo y busca evitar modificaciones registrales hasta que se resuelva la cuestión judicial. No suspende el decreto provincial que habilitó la venta ni ordena detener materialmente el proyecto.
Cuáles son los terrenos alcanzados por la medida
Las parcelas están ubicadas en el departamento Lago Argentino, dentro del área de Península de Magallanes. Se trata de los terrenos identificados como G2, de aproximadamente 11 hectáreas, y G3, de unas 9 hectáreas, inscriptos bajo las matrículas dominiales 6548 y 6549.
La causa se inició a partir de un amparo presentado por los diputados provinciales María Agostina Mora Doldán, Luis Carlos Daniel Alegría, Eloy Echazú y Carlos Alberto Godoy, junto con el Centro de Estudios Estratégicos en Justicia y Sociedad (CEJUS).
Los demandantes cuestionan la derogación de la Ley de Tierras Rurales mediante el DNU 70/2023 y la excepción otorgada por el Gobierno provincial para concretar la operación inmobiliaria.
El decreto provincial cuestionado
El planteo judicial apunta contra el Decreto provincial 915/2026, firmado el 1 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial el 22 de ese mes. La norma autorizó de manera extraordinaria la operación entre Lacustre del Sud S.A. y ASB Hospitality Calafate S.A.U., exceptuándola de las restricciones previstas por el Decreto provincial 994/2017.
Los legisladores sostienen que la Ley de Tierras Rurales debía considerarse vigente durante la tramitación administrativa de la operación. Además, cuestionan que la venta se haya autorizado sin determinadas intervenciones ambientales y de seguridad de fronteras.
Otro de los argumentos presentados se relaciona con la composición societaria de la empresa compradora, cuya accionista única sería ASB Hospitality LLC, constituida en Dubái, Emiratos Árabes Unidos. Los demandantes consideran que este aspecto debe analizarse en el marco de las restricciones al dominio extranjero de tierras rurales y de las características territoriales y ambientales de la zona.
Estos planteos forman parte de los argumentos de la parte demandante y todavía no constituyen conclusiones definitivas de la Justicia.
La intervención de la Corte Suprema
El Juzgado Federal de Río Gallegos se declaró incompetente al considerar que el caso involucra al Estado nacional, a la Provincia de Santa Cruz y a las empresas que participaron de la operación. Por ese motivo, dispuso remitir el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al entender que corresponde evaluar su intervención originaria.
La resolución también señaló que la Provincia, Lacustre del Sud S.A., en su carácter de titular y vendedora de los terrenos, y ASB Hospitality Calafate S.A.U., como compradora, deben integrar el proceso judicial.
Por el momento, no se resolvió si corresponde declarar la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 ni si la excepción provincial se ajusta a derecho. Tampoco se definió el pedido de una medida cautelar planteado por los demandantes.
La Corte Suprema deberá resolver primero si acepta intervenir en el expediente. Hasta entonces, las dos parcelas permanecerán alcanzadas por la restricción registral dispuesta por el juzgado federal, en una causa que pone en discusión el régimen de tierras rurales y la autorización concedida por el Gobierno santacruceño.



